El hombre debe cumplir su deber conyugal con su esposa, e igualmente la mujer con su esposo.
El esposo debe tener relaciones sexuales sólo con su esposa, y la esposa debe tenerlas sólo con su esposo.
El marido cumpla con la mujer el deber conyugal, y asimismo la mujer con el marido.
El marido pague a su esposa la debida benevolencia; y asimismo la esposa a su marido.