'No cambiarás de lugar los linderos de tu prójimo, los cuales habrán sido establecidos por los antepasados en la heredad tuya, que recibirás en la tierra que Jehovah tu Dios te da para que tomes posesión de ella.
'Cuando ocupes el territorio que el Señor tu Dios te da como herencia, no reduzcas el límite de la propiedad de tu prójimo, que hace mucho tiempo le fue señalado.
»En el país que Dios va a darles, deberán respetar los límites de la propiedad de cada persona. Esos límites fueron establecidos hace mucho tiempo.
No desplazarás los mojones de tu prójimo, puestos por los antepasados, en la heredad recibida en la tierra que Yahveh tu Dios te da en posesión.
En la heredad que poseas en la tierra que Jehová tu Dios te da, no reducirás los límites de la propiedad de tu prójimo, que fijaron los antiguos.
No reducirás el término de tu prójimo, el cual señalaron los antiguos en tu heredad, la que poseyeres en la tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas.