Sucederá que si el delincuente merece ser azotado, el juez lo hará recostar en el suelo y lo hará azotar en su presencia. El número de azotes será de acuerdo al delito.
Si el culpable merece que lo azoten, el juez le ordenará tenderse en el suelo y hará que allí mismo le den el número de azotes que su crimen merezca.
Si el culpable merece ser castigado, se le tenderá en el suelo delante del juez, y allí mismo se le darán los azotes que merezca su delito.
Si el culpable merece azotes, el juez le hará echarse en tierra en su presencia y hará que le azoten con un número de golpes proporcionado a su culpa.
Y si el delincuente mereciere ser azotado, entonces el juez le hará echar en tierra, y le hará azotar en su presencia; según su delito será el número de azotes.
será que, si el delincuente mereciere ser azotado, entonces el juez lo hará echar en tierra, y le hará azotar delante de sí, según su delito, por cuenta,