Además, os hacemos saber que nadie está autorizado a imponerles tributo, ni impuesto ni renta a ninguno de los sacerdotes, levitas, cantores, porteros o servidores del templo, ni a otros siervos de esta casa de Dios.
También les ordeno que exoneren de impuestos a los sacerdotes, levitas, cantores, porteros y servidores del templo de Dios.
Sepan también que no deben cobrar ninguna clase de impuestos a los sacerdotes, sus ayudantes, cantores y guardianes, ni a ningún servidor del templo de Dios.
Os hacemos saber también que no se puede percibir impuesto, contribución o peaje, de ninguno de los sacerdotes, levitas, cantores, porteros, donados, de ninguno de los servidores de esta Casa de Dios.”
Y a vosotros os hacemos saber que a todos los sacerdotes y levitas, cantores, porteros, sirvientes del templo y ministros de la casa de Dios, ninguno podrá imponerles tributo, contribución ni renta.
Y a vosotros os hacemos saber, que a todos los sacerdotes y levitas, cantores, porteros, servidores del templo y ministros de la casa de Dios, ninguno pueda imponerles tributo, o pecho, o renta.