'Si se pone en peligro la vida de la mujer, ésta será la indemnización: vida por vida,
Pero si a ella le pasa algo, se castigará al culpable haciéndole el mismo daño que le hizo a la mujer. Es decir, si mata a la mujer, será condenado a muerte;
Pero si resultare daño, darás vida por vida,
Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida,
Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida,