el dueño de la cisterna pagará a su dueño su valor en dinero; y el animal muerto será suyo.
el dueño del pozo indemnizará al dueño del animal, y podrá quedarse con el animal muerto.
el que abrió el pozo deberá pagar al dueño el valor del animal, pero podrá quedarse con el animal muerto.
el propietario del pozo pagará al dueño de ellos el precio en dinero, y el animal muerto será suyo.
el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.
El dueño de la cisterna pagará el dinero, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.