tendrá lugar entre ambos un juramento ante Jehovah, de que no ha metido la mano en la propiedad de su prójimo. El dueño aceptará su testimonio, y el otro no hará restitución.
el amigo del dueño jurará ante el Señor no haberse adueñado de la propiedad de su amigo. El dueño deberá aceptar ese juramento, y el amigo no deberá restituirle nada.
Pero tendrá que jurar ante Dios que es inocente. El dueño deberá creerle, y esa persona no tendrá que pagar nada.
Pero si el animal le ha sido robado estando él cerca, restituirá a su dueño.
juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.
Juramento de Jehová tendrá lugar entre ambos de que no echó su mano a la hacienda de su prójimo: y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará.