Pero si de su heredad da un regalo a alguno de sus siervos, será de éste hasta el año del jubileo, y entonces volverá al poder del gobernante. Pero la herencia de éste será para sus hijos; para ellos será.
Pero si le regala parte de su herencia a alguno de sus siervos, ésta sólo le pertenecerá al siervo hasta el año del jubileo, después de lo cual el siervo se la devolverá al príncipe. La herencia del príncipe es patrimonio de sus descendientes.
”Pero si el gobernador regala una porción de sus tierras a uno de sus sirvientes, esa porción de terreno será del sirviente sólo hasta el año de liberación. En ese año el sirviente devolverá el terreno al gobernador, pues se trata de la herencia de sus hijos.
Pero si hace de su heredad un regalo a uno de sus siervos, pertenecerá a éste sólo hasta el año de la liberación, luego retornará al príncipe. Solamente a sus hijos podrá pasar su heredad.
Mas si de su heredad diere parte a alguno de sus siervos, será de él hasta el año del jubileo, y volverá al príncipe; mas su herencia será de sus hijos.
Mas si de su heredad diere don a alguno de sus siervos, será de él hasta el año de libertad, y volverá al príncipe; mas su herencia será de sus hijos.