El que se refugie en alguna de aquellas ciudades se presentará a la puerta de la ciudad y expondrá su caso a oídos de los ancianos de la ciudad. Ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad y le darán un lugar para que habite con ellos.
'Cuando tal persona huya a una de esas ciudades, se ubicará a la *entrada y allí presentará su caso ante los *ancianos de la ciudad. Acto seguido, los ancianos lo aceptarán en esa ciudad y le asignarán un lugar para vivir con ellos.
Al llegar a una de estas ciudades, se presentará ante las autoridades que se reúnen a la entrada de la ciudad, y les explicará lo que pasó. Ellos entonces lo dejarán entrar y le asignarán un lugar donde pueda quedarse a vivir.
(El homicida huirá a una de estas ciudades: se detendrá a la entrada de la puerta de la ciudad y expondrá su caso a los ancianos de la ciudad. Estos le admitirán en su ciudad y le señalarán una casa para que habite con ellos.
Y el que se acogiere a alguna de aquellas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad, y expondrá sus razones en oídos de los ancianos de aquella ciudad; y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar para que habite con ellos.
Y el que se refugiare a alguna de aquellas ciudades, se presentará a la puerta de la ciudad, y dirá sus causas, oyéndolo los ancianos de aquella ciudad: y ellos le recibirán consigo dentro de la ciudad, y le darán lugar que habite con ellos.