El sacerdote lo examinará, y he aquí que si la erupción se ha extendido en la piel, él lo declarará impuro; es lepra.
El sacerdote la examinará, y si la erupción se ha extendido sobre la piel, declarará impura a esa persona, pues se trata de una enfermedad infecciosa.
Si después de revisar al enfermo, el sacerdote ve que la piel está toda irritada, entonces deberá declararlo impuro, pues se trata de lepra.
El sacerdote, al comprobar que la erupción se extiende por la piel, lo declarará impuro: es un caso de lepra.
Y si reconociéndolo el sacerdote ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo: es lepra.
Y si reconociéndolo el sacerdote, ve que la postilla ha crecido en la piel, el sacerdote lo declarará inmundo: es lepra.