Pero las casas de las aldeas no amuralladas serán consideradas como parcelas de tierra. Pueden ser rescatadas y serán liberadas en el jubileo.
'Las casas que estén en aldeas sin murallas se considerarán campo abierto, pero podrán rescatarse y se devolverán en el jubileo.
»Con las casas construidas fuera de las ciudades, se hará lo mismo que con los terrenos: podrán ser recuperadas y devueltas a sus antiguos dueños en el año de liberación.
Mas las casas de las aldeas sin murallas que las rodeen serán tratadas como los campos del país: hay derecho de rescate y en el año jubilar quedan libres.
Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor serán estimadas como los terrenos del campo; podrán ser rescatadas, y saldrán en el jubileo.
Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como tierras del campo; tendrán redención, y saldrán en el jubileo.