Entonces harás resonar la corneta el día 10 del mes séptimo. En el día de la Expiación haréis resonar la corneta por todo vuestro país.
y el día diez del mes séptimo, es decir, el día del Perdón, harás resonar la trompeta por todo el país.
Entonces en el mes séptimo, el diez del mes, harás resonar clamor de trompetas; en el día de la Expiación haréis resonar el cuerno por toda vuestra tierra.
Entonces harás tocar fuertemente la trompeta en el mes séptimo a los diez días del mes; el día de la expiación haréis tocar la trompeta por toda vuestra tierra.
Entonces harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo a los diez del mes; el día de la expiación haréis pasar la trompeta por toda vuestra tierra.