'Si alguien consagra a Jehovah un campo de su posesión, lo valorarás según su capacidad de siembra: un homer de semilla de cebada se valorará en 50 siclos de plata.
'Si alguno consagra al Señor parte del campo de su heredad familiar, su precio se determinará según la cantidad de semilla que se requiera para sembrarlo, a razón de cincuenta monedas de plata por cada doscientos veinte litros[3] de semilla de cebada.
»Si alguien me dedica un terreno de su propiedad, su precio se calculará según la cantidad de semilla que pueda sembrarse en él, y se pagarán cincuenta monedas de plata por cada doscientos veinte kilos de semilla de cebada.
Si uno consagra parte del campo de su propiedad a Yahveh, será estimado según su sembradura, a razón de cincuenta siclos de plata por cada carga de cebada de sembradura.
Si alguno dedicare de la tierra de su posesión a Jehová, tu estimación será conforme a su siembra; un homer de siembra de cebada se valorará en cincuenta siclos de plata.
Y si alguno santificare de la tierra de su posesión a Jehová, tu estimación será conforme a su siembra; un omer de siembra de cebada se apreciará en cincuenta siclos de plata.